Reglamento anual de MEDICIONES CLASE
Optimist.
1. Objetivo
Este
reglamento de mediciones, redactado por la Comisión Directiva de la Asociación
Optimist Argentina (AOA), para la clase Optimist de la República Argentina, es
el que aplicará el medidor asignado por la AOA para la medición y verificación
periódica anual de las embarcaciones.
La
redacción de este reglamento se realizo en un todo de acuerdo a lo sugerido por
el Reglamento 2000 INTERNATIONAL OPTIMIST CLASS RULES. En caso de
dudas, litigios o modificaciones se consultará al Reglamento 2000 INTERNATIONAL
OPTIMIST CLASS RULES.
2. Aplicación
Se
aplicará a todas aquellas embarcaciones que ya posean el certificado de
medición otorgado por IODA y su correspondiente Nº de vela con mas de un año de antigüedad y orientado a aquellos elementos
que pudieron alterarse por el uso o transcurso del tiempo o por haber sido
modificados o reemplazados.
3. Vigencia
El
presente reglamento establece que el período de vigencia de la medición tendrá
validez de 1 (un) año calendario corrido.
4. Responsabilidad
El
propietario de la embarcación es responsable del mantenimiento de los elementos
medidos y verificados. Cualquier cambio que se realizara deberá comunicárselo
al medidor de la clase.
5. Información ampliatoria
Para
una mejor difusión y conocimiento de este reglamento se le entregará una copia
a cada propietario. Se publicará esta normativa en la página web de la AOA. Para efectuar consultas ampliatorias sobre
este reglamento y mediciones, comunicarse con el Coordinador de mediciones de
AOA Roberto Josefovic al 011 4731 4595 o por mail a josefovicr@elsitio.com; o con el Medidor asignado
Carlos Vilar Castex al 011
4743 2681.
6. Mediciones y
verificaciones a realizar
6.1.
Conjunto Casco / Cubierta / Caja de orza
Cada
elemento de este conjunto deberá poseer Nº de serie en caso de haberse
construido en astillero.
Si
lo hubiese construido un aficionado, el medidor de la clase asignará un Nº identificatorio.
6.1.1. Pesaje
El
conjunto casco/cubierta/caja de orza incluyendo herrajes de timón, correas de
flotadores, lingas de timonel (excluidos los
protectores) base mástil, fijación de motones, excluyendo corrector de peso, timón,
orza, flotadores, achicador, remo, compás y su fijación, sujetador de botella,
envase de alimentos u otros elementos personales o de fijación no
especificados: mínimo 32 Kgr.
El
conjunto casco/cubierta/caja de orza incluyendo herrajes de timón, correas de
flotadores, lingas de timonel (excluidos los
protectores) base mástil, fijación de motones, flotadores, excluyendo corrector
de peso, timon, orza, achicador, remo, compas y su fijación, sujetador de botella, envase de
alimentos u otros elementos personales o de fijación no especificados: mínimo32,6
Kgr.
El
conjunto casco/cubierta/caja de orza incluyendo herrajes de timon,
correas de flotadores, lingas de timinel
(excluidos los protectores) base mástil, fijación de motones, flotadores,
excluyendo corrector de peso, timon, orza, achicador,
remo, compas y su fijación, sujetador de botella,
envase de alimentos u otros elementos personales o de fijación no
especificados, debera ser corregido mediante pesos
correctores confeccionados en madera dura, ubicados en los espejos de popa y
proa por igual en cada uno de ellos, hasta alcanzar un peso mínimo de 35 Kg.
De
haber un valor menor en el pesaje de los 32 o 32,6 Kgr.
se dejará asentado como observación en el certificado. Se tomará contacto con
el constructor para el analisis y corrección de dicho
peso. Luego de este analisis y de persistir la
diferencia, el medidor tendrá la facultad de retirar y dar de baja el
certificado.
La
medición de pesaje se realizará con una balanza propiedad de AOA. Se recomienda
su revisión de calibracion periódica anual.
Dentro
del marco de este reglamento se reconoce como la balanza oficial de la AOA a la
balanza marca Kretz, modelo 5540R Nº serie 620129.
Dicha
balanza posee una incertidumbre de 0,1 KGrm. En todas
las mediciones que se realicen
debera adoptarse un error de medición de 0,1 KGrm, por lo tanto a todos los valores de pesaje indicados
anteriormente se le asignarán una tolerancia de +/- 0,1 KGrm.
6.1.2 Seguridad
Cada
uno de los flotadores deberán estar sujetos por tres correas de un ancho
45mm+/-6mm. Estas deberán encontrarse en perfecto estado de conservación no
debiendo mostrar signos de deterioro que atenten contra la sujeción de los
flotadores.
Debera
realizaerse prueba de flotabilidad según lo indicado
en el 2000 INTERNATIONAL
OPTIMIST
CLASS RULES Inciso 3.2.7.
La
prueba de flotabilidad podrá realizarla el medidor de la clase o un responsable
autorizado
por
el club al que represente el propietario.
6.1.3.
Timon
El
timón debera caber en un rectángulo de 750X260 mm, su espesor deberá estar comprendido entre 10 y 14 mm y un biselado en todos sus bordes no mayor de 60 mm.
La
caña de timón no será mayor a 750 mm y el conjunto
caña/prolongador debe tener una longitud inferior a los 1200 mm.
El
conjunto timón, caña, prolongador debe tener un peso no inferior a 1,5 Kgr. este conjunto deberá flotar.
El
timón debe tener un Nº de serie identificatorio, de
no poseerlo será asignado por el medidor.
6.1.4. Orza
La
orza deberá medir no menos de 1061mm de largo y entre 290 y 275 mm de ancho. El espesor no debe variar en más de 3mm. Su
peso no será inferior a los 2,0 Kg. Deberá flotar. La orza debe tener un Nº de
serie identificatorio, de no poseerlo será asignado
por el medidor.
6.1.5. Flotadores
Son
tres y deberán estar construidos en tela, no poseer un peso inferior a 200Gr. Y
una capacidad de volumen de 45 +/- 5 litros. La válvula de inflado será con
retención.
No
deberán presentar signos de deterioro y deberán cumplir con su verificación
anual de flotabilidad indicada, con la firma del responsable del club al cual
representa o por el medidor de clase.
6.1.6. Mastil
Debera
ser de sección circular de 50 mm de diámetro, permitiendose diferencia en su diámetro de hasta 44 mm. Su longitud máxima sera de
2350 mm.
El
mástil debe tener un Nº de serie identificatorio, de
no poseerlo será asignado por el medidor.
6.1.7. Botavara
Debera
ser de sección circular de 25 mm de diámetro mínimo, permitiendose diferencia en su diámetro de hasta +/- 3 mm. Su longitud máxima sera de
2057 mm descontando al soporte.
La
botavara debe tener un Nº de serie identificatorio,
de no poseerlo será asignado por el medidor.
6.1.8. Pico
Debera
ser de sección circular de 24 mm de diámetro mínimo, permitiendose diferencia en su diámetro de hasta +/- 3 mm. Su lungitud máxima sera de 2288 mm incluyendo
herrajes.
El
pico debe tener un Nº de serie identificatorio, de no
poseerlo será asignado por el medidor.
6.1.9. Vela
Deberá
cumplir con las dimensiones indicadas en el 2000 INTERNATIONAL OPTIMIST CLASS
RULES Inciso 3.2.7.
7. Elementos de seguridad
Durante
la revisión anual se verificará, longitud y caliadad
de la boza, distancia de pata de gallo, salvavidas en buen estado y su
correspondiente flotabilidad, achicador, remo.
8. Motivos de rechazo de
medición.
El
medidor dejará pendiente la aprobación de medición hasta tanto el propietario
no realice los correciones indicadas por el medidor.
9. Certificado de medición
El
certificado de medición original de IODA deberá estar en perfectas condiciones
de legibilidad. Este certificado deberá ser presentado al medidor antes de
comenzar la verificación anual. Sin la presentación de dicho certificado no se
realizará la verificación, con las salvedades que se indican mas adelante.
En
caso de extravío del certificado original IODA se solicitará con antelación de
60 días al tesorero o al Coordinador de mediciones de la AOA. En dicho caso se
extenderá un nuevo certificado.
El
arancel por la solicitud de dicho certidfcado a la
IODA es de u$s............
En
el caso de extravío de dicho certificado dentro de los 60 días necesarios para
la confección de un nuevo certificado IODA, quedará a criterio del medidor si
realiza la medición. En ese caso volcará los datos de la medición en una
planilla provisoria, hasta tanto se obtenga el nuevo certificado de mediciones
extendido por la IODA. Esta planilla tendrá una vigencia máxima de 60 días
corridos y será apta solo para los campeonatos del ámbito de la AOA.
El
medidor informara de esta situación a la Comisión Directiva de la AOA.
Esta
planilla de carácter provisorio deberá realizarse con original y copia, entregandose el original al propietario con la firma y
sello del medidor. Estas deberán poseer todos los datos que se indican en el
certificado original otorgado por la IODA.
El
medidor podrá cobrar un arancel máximo por la confección de planilla provisoria
y el nuevo duplicado de IODA fijado en un valor igual al de la medición anual.
10. Arancel anual de AOA
Para
realizar la medición y verificación anual deberá ser presentado el recibo de
pago anual de AOA. En caso de no haberse realizado se lo hará al momento de
comienzo de las mediciones.
11. Arancel de la medición
anual
La
AOA autoriza al medidor de la clase a cobrar un arancel máximo de 20 U$S por la medición y revisión anual.
12. Mediciones durante los
campeonatos
Para
participar en los Campeonatos Argentino individual, Argentino
por equipos, Selectivos, el participante deberá concurrir con el certificado de
medición actualizado de acuerdo al presente reglamento.
Durante
los campeonatos el medidor hará las verificaciones que se incluyeron en el
aviso de regatas de dicho campeonato.
El
medidor de la clase tendrá la facultad de realizar todas las verificaciones o
mediciones que crea conveniente dentro del marco de este reglammento.
El
medidor de la clase tendrá la facultad de protestar al participante si su
embarcación no se encuentra dentro de lo indicado en el certificado de
medición, como asi también si el participante no
concurriese al campeonato con dicho certificado.
13. Placa identificatoria del Nº de vela
La
placa identificatoria del Nº de vela suministrada por
la AOA deberá encontrase pegada en ..................
En
caso de extravío deberá solicitarse con antelación de 30 días al tesorero o al
responsable de mediciones de la AOA. El arancel por la solicitud de la placa identificatoria es de u$s.............
14. Modificaciones del
presente reglamento
La
Comición Directiva de la AOA tendrá facultades para
modificar el presente reglamento.
15. Comienzo de la vigencia
del reglamento
La Comición
Directiva de la AOA fija como comienzo de aplicación del Reglamento Anual de
Mediciones Clase Optimist el 8 de septiembre de 2001.